PREGUNTAS ADICAE, DERECHOS DE LOS CONSUMIDORES

  

 

 1.¿Qué derechos tienes respecto a los bancos?

Derecho a una comisión de apertura, reuniendo los requisitos de: transparencia, realidad y consentimiento.

Derecho a contratar un seguro de Incendio, no existe la obligación que el consumidor deba suscribir dicho seguro con la entidad.

Derecho a que la entidad bancaria no pueda efectuar el cobro de comisiones de mantenimiento en cuentas vinculadas al pago de un préstamo hipotecario a los consumidores.

Derecho a que los consumidores soliciten la oferta vinculante cuando se haya constatado la voluntad de contratar un préstamo hipotecario, se dispone de la tasación correspondiente del inmueble y de que se haya efectuado las comprobaciones sobre su situación registral y sobre su capacidad financiera.

Derecho a que el consumidor elija el notario para la firma del préstamo hipotecario.

Derecho a que el consumidor disponga con cuatro días de antelación del préstamo hipotecario para poder leerlo.


2.¿Cuáles suelen ser los problemas principales? el consumir respecto a los bancos

 Comisiones bancarias:

Comisiones por descubierto de forma automática, esto ocurre cuando la entidad bancaria permite realizar un cargo en cuenta o disponer de efectivo a pesar de no tener suficiente dinero en la cuenta.

Comisiones de mantenimiento en cuentas vinculadas al pago de un préstamo hipotecario, puede ocurrir que la cuenta vinculada para realizar nuestros préstamos fue contratada después de abril de 2012, si es ese el caso, la entidad bancaria podrá cobrar comisiones de mantenimiento.

Comisiones de mantenimiento en cuentas en que por error o desconocimiento se dejaron a cero dando por hecho el consumidor que se habían dado de baja correctamente, es imprescindible cancelar la cuenta para que la entidad no nos cobre por futuras comisiones, dejar el saldo a cero no es suficiente, es necesario dar instrucciones expresas a la entidad bancaria, por escrito, solicitando la cancelación de la cuenta.

Comisiones por baja cuenta, la entidad bancaria nos seguirá cobrando futuras comisiones aunque nuestra cuenta bancaria este de baja. Tendremos que cerrar la cuenta correctamente.

Comisiones en cuentas vinculadas a participaciones preferentes, obligaciones subordinadas y otros productos que se han comercializado indebidamente y son perjudiciales para el consumidor,

 

3.¿Qué derechos tienes cuando contratas un seguro?

Derecho a que el consumidor cuando contrate un seguro reciba una copia de la póliza, el contrato.

Derecho al que el consumidor dé de baja su seguro mediante la comunicación a su aseguradora, mínimo con 2 meses de antelación.

Derecho a que el consumidor pueda saber la contingencia o posibilidad que tiene cubiertas con la póliza de su seguro.

Derecho a que la aseguradora del consumidor le garantice un plazo de dos meses y le proponga unas modificaciones en las aras del consumidor. Y que en el plazo de 15 días las acepte.


4.¿Qué problemas te puedes encontrar con tu seguro?

Que tengamos una cobertura insuficiente  y no podamos cubrir las necesidades que pensábamos. Es importante saber cuando contratamos un seguro lo que estamos asegurando con todo detalle.

A la hora de dar de baja un seguro, siempre cumplir el plazo de un mes de antelación y si se hace por fax o carta certificada mucho mejor, porque siempre van a poner pegas para que no te des de baja.

5.¿Cómo puedes reclamar?

En primer lugar haremos la reclamación ante el Servicio  de Atención al Cliente, por escrito, con algún medio que permita tener un comprobante de presentación. La aseguradora tendrá un plazo de 2 meses para la resolución. 

 Si no tenemos una respuesta satisfactoria podremos reclamar a estancias mayores , ante la Dirección General de Seguros.

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